IPCVA – Se Incrementó la Contribución Obligatoria (Ley 25.507)

IPCVA – Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina

Incremento de la contribución (Ley 25.507)

Ponemos en su conocimiento que el Consejo de Representantes del IPCVA ha dispuesto incrementar el monto de la contribución obligatoria vigente desde el 1° de septiembre de 2016, que deben abonar tanto la producción como la industria con destino al mismo, de acuerdo con lo siguiente:

 

 Contribuyente

 

 A partir de

 

Contribución en $
PRODUCTOR

Por cada animal vendido
con destino a faena

 

01/09/2017 11,80
INDUSTRIA

Por cada animal faenado

 

5,30

 

El referido Instituto destaca en la nota por medio de la cual informó sobre esta disposición, que la contribución establecida coloca al arancel en el 50% del máximo valor permitido por ley para los valores promedio publicados por el Ministerio de Agroindustria a lo largo del mes de junio pasado y en el mínimo que exige el Art. 14° de su Reglamento Interno.

 

Antecedente legal – Ley 25.507

 

Artículo 14. — Créase el Fondo de Promoción de Carne Vacuna Argentina para financiar el Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina el cual se integrará con los siguientes recursos:           


  1. a) Una contribución obligatoria equivalente a la suma en pesos de hasta veinte céntimos por ciento (0,20%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena, publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal de la especie bovina con destino a faena. La obligación precedente estará a cargo del propietario del animal que se destine a faena;

  2. b) Una contribución obligatoria equivalente a la suma en pesos de hasta nueve céntimos por ciento (0,09%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena, publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal faenado. La obligación precedente estará a cargo del establecimiento frigorífico que realice la operación de faena del animal.

 

Fuente: Centro de Consignatarios de Haciendas del Sur