Entró en Vigencia la RG 2820: Registro de Operaciones Inmobiliarias Urbanas

RG 2820 Y MODIF. REGISTRO DE OPERACIONES INMOBILIARIAS URBANAS.:

Luego de más de 4 años de su creación la Resolución General 2820 AFIP entra en plena vigencia.

En ella se establece la obligación de informar los datos relacionados con los alquileres de bienes inmuebles, urbanos y/o rurales, que cumplan con determinados parámetros.

Respecto de los inmuebles rurales la RG se aplicó de forma inmediata en tanto que respecto de los inmuebles urbanos su aplicación se dilató cuatro años.

Lo concreto es que el régimen de información se encuentra plenamente vigente desde que comenzó el año 2015.

Deben informarse ahora, las operaciones de locación -alquiler o arrendamiento- de bienes inmuebles, incluidos leasing, por cuenta propia o con la intervención de intermediarios, sublocaciones y subarriendos, locación de espacios o superficies fijas o móviles delimitados dentro de bienes inmuebles (locales comerciales, stands, góndolas, espacios publicitarios, cocheras, bauleras, localización de antenas de telefonía celular, etc.) por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros, la cesión de derechos reales y/o cesiones o contratos que impliquen derechos de uso a título oneroso sobre inmuebles urbanos.

Están comprendidos en la obligación de informar estas operaciones las rentas brutas devengadas a favor de su propietario, sublocador, subarrendador, condominio o, en su caso, condómino -por dichas operaciones en su conjunto- que sumen un monto igual o superior a ocho mil pesos ($ 8.000) mensuales.

Señalamos que la información correspondiente al mes de enero de 2015 debe ser remitida el día 26/2/2015, y la información producida hasta el 31/12/2014 debe ser remitida hasta el día 28/2/2015.