En Marzo Podrían Aparecer más Novillos dentro del «Stock».

Si se confirman los pronósticos del Servicio de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), los que aseguran que en marzo próximo la cantidad de terneros destetados se ubicaría en los 14,5 millones, se superaría los niveles logrados en el bienio 2008-2009, cuando el destete fue de 14,3 millones de terneros.

Nada para festejar: hay cinco millones de consumidores más que alimentar que 10 años atrás. También a marzo próximo se encontrarían unas 600 mil vacas más que este año. Considerándose que los 410 mil terneros adicionales que se espera destetar a marzo próximo se darán si se repite la performance reproductiva del ejercicio anterior.

Se observa en este punto que el ciclo “preñez 2014/parición 2015/destete 2016” fue el mejor de los últimos nueve años, sólo superado por poco en el destete 2014, y que las inundaciones de Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba ocurridas en el 2016 podrían haber afectado el destete 2017, por la mortandad de vacas y terneros ocurridas en esas provincias.

De cualquier manera, aún aceptando un destete menor al proyectado por Senasa para marzo próximo, en el ejercicio abril 2016/marzo 2017 el número de terneros destetados superará holgadamente la sumatoria de la faena y la mortandad estimada, por lo que el stock ganadero seguramente habrá crecido.

Es probable que por primera vez en una década, a marzo próximo, se encuentre algo más de novillos y de novillitos, un cambio de tendencia necesario para compensar la fuerte caída en las existencias de novillos (51 por ciento) entre 2005 y 2015.

Si se llegara a destetar 14,5 millones de terneros, estimando una mortandad de ganado adulto de 800 mil cabezas, para el año que comienza el 1º de abril próximo podríamos extraerle o faenarle a ese stock unas 13,7 millones de cabezas. Es decir 1,9 millones más que lo faenado en 2016, estimado en 11,7 millones de animales.

En resumen: con el aumento en el stock ganadero y del destete registrado en los años 2015 y 2016, el potencial de producción de carne vacuna del stock ha aumentado en 1,15 millones de cabezas anuales, lo que expresado en carne resulta de 260 mil toneladas anuales. El equivalente a seis kilos por habitante y por año.

Terneros

A moneda constante, el precio del ternero de invernada (180 kilos) resulta hoy un ocho por ciento más bajo que en marzo último y un 18 por ciento inferior al valor de un año atrás.

En una serie 2009-2015, expresada a moneda de hoy, se registra un mínimo de 21,4 pesos por kilo en junio de 2009, en plena liquidación, y un máximo de 57,7 pesos en noviembre de 2010, ya desencadenada una intensa retención de vientres.

Este año, el precio del ternero de invernada, que había subido marcadamente en los meses previos a la elección presidencial del 2015, fue afectado por el incremento en el destete nacional (750 mil terneros) y por la fuerte suba del precio del maíz, que limitó drásticamente el poder de compra de los feedlots.

Como consecuencia de todo esto, se redujo hasta el mínimo la diferencia de compra/venta (ternero/novillito), que pasó de 32 por ciento en enero a seis por ciento en junio del 2016.

Ahora la diferencia de compra/venta se ha ampliado nuevamente por razones estacionales, complicando los números del feedlot.

Los engordes intensivos a corral padecen la caída del valor del gordo y, al mismo tiempo, debe enfrentar un mercado de reposición con la invernada carísima y muy escasa.

Lic Ignacio Iriarte

Analista ganadero

Comunicado de Senasa: 19 de Diciembre cerrado


El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) informa que el PROXIMO LUNES 19 DE DICIEMBRE las puertas de sus oficinas permanecerán cerradas en todo el país debido a que se celebra el DIA DEL ORGANISMO.
Por lo tanto, y para no perjudicar sus tareas, recomienda a los usuarios tomar las precauciones del caso y realizar sus trámites con la debida antelación.

Precio de Arrendamiento – Noviembre 2016 – 26.920

El Precio de Arrendamiento para el mes de Noviembre 2016 es de 26.920

Registro de Operadores de Carne: lo que hay que saber

El nuevo registro de operadores de carnes abarca todo el ciclo productivo de hacienda. Es decir, la producción de carnes y subproductos, comestibles o no. Este registro inicia un control a partir de la última etapa del ciclo que es la faena. Registra dos tipos de personas o formas y los define como activos o no activos. El activo es el que se encuentra inscripto y el no activo es el que no está inscripto.

¿A quienes comprende? Comprende por un lado al productor ganadero y por otro lado al consignatario de hacienda, al consignatario de carnes, a los usuarios y a los faenadores o frigoríficos, estableciendo distintos tipos de responsabilidades según su acción.

En ese orden invita, porque no es una norma imperativa sino que en todo momento dice que es optativa. Lo que pasa es que es una voluntad que tiene consecuencias. El no estar inscripto hace que las retenciones, percepciones, pagos a cuentas que se realicen sean mayores de los que sí lo están.

Por otra parte, este no es el primer registro que aparece dentro del sector productivo agrícola-ganadero. Hace varios años que está el registro fiscal de operadores de granos. La contundencia de los hechos hace que el productor que está fuera de esos registros no tenga la misma posibilidad o espectro comercial que el otro. Dejando bien en claro que de ninguna manera, esta norma ni la otra, limitan o condicionan la comercialización.

Es una condición de donde me posiciono y que estoy dispuesto a pagar en función de la decisión que tome. Concretamente, pertenecer dentro del registro (productores, faenadores, usuarios de faena, consignatarios de carnes, consignatarios de hacienda) es una suerte de decir “tengo un certificado de buena conducta fiscal”.

El resto es materia opinable. En mi opinión, este es el inicio de una nueva etapa tendiente a ordenar un mercado que tiene un altísimo grado de dispersión en lo que a controles fiscales respecta.

Hoy AFIP cuenta con suficientes controles y medios para fiscalizar. Esto tiene consecuencias que van más allá de lo fiscal porque atada la capacidad productiva a los beneficios fiscales, la normativa tiende a la concentración productiva y a la permanencia dentro de esto.

Puntualmente, en lo que a ganadería respecta, la forma en que se valúa la hacienda en términos impositivos en la zona central ganadera es diferente a las demás regiones. Las otras regiones pueden valuar su hacienda a precio histórico.

¿Cuáles serían las alternativas de solución? Un replanteo general para el productor. Replanteo que comprenda seguros de producción y precios, transparentar el mercado, que le permita cubrirse en un mercado de futuro y opciones, que pueda planificar con mayor certeza a partir del momento de la faena y posterior comercialización de la carne, teniendo presente siempre que el precio de la hacienda está en función de su rendimiento y donde en realidad e históricamente este país ha sido productor de cueros.

No es tan simple ni tan sencilla la solución, pero si es posible contribuir a un marco de mayor claridad sin entrar a considerar lo que respecta a seguridad jurídica y garantías.

¿Cómo se registra un productor? Es extremadamente sencillo. Es un trámite como tantos otros dentro del fisco. Para quienes estamos acostumbrados a hacerlos es sencillo, para quien no lo conoce es complicado. Este mercado va a cambiar en lo que respecta a controles fiscales.

Contador Gustavo Biondo

Precio de Arrendamiento – Octubre 2016 – 27.832

El Precio de Arrendamiento para el mes de Octubre del 2016 es de 27.832

 

Haciendas – Comentario de la Semana

«La escasez de terneros se agrava semana a semana. Consecuentemente, los pocos ejemplares mejoraron su cotización. El panorama para los invernadores es opuesto. La contracción del consumo interno de carne vacuna por el proceso inflacionario y las dificultades para exportar, permite afirmar que es muy improbable que el valor del novillo para faena se recupere. Esta situación, provoca que la rentabilidad de los feedlot esté en crisis .”

Por Ignacio Iriarte.

 

Lienzos


La Sección Hacienda dispone de Lienzos para la Zafra de Lana 16-17.

Senasa – Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena para Exportación a la Unión Europea


Por medio de la Resolución 549/2016 publicada en el Boletín Oficial de ayer, el Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria ha procedido a simplificar a
partir del día de la fecha el procedimiento del título como consecuencia tanto
de la favorable evolución de las condiciones epidemiológicas respecto de la
fiebre aftosa y su cobertura vacunal, como de la implementación del sistema de
identificación y trazabilidad que permite realizar el seguimiento de animales
en todas las etapas de su crianza previa a la faena. Según rezan los
considerandos de la mencionada norma, que transcribimos seguidamente:

Resolución 549/2016

Buenos 
Aires, 30/09/2016

VISTO…y CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 115 del 18 de enero de 2002 del Servicio Nacional
de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, se crea el Registro de Profesionales
Veterinarios habilitados para el predespacho a faena con destino a la Unión
Europea.

Que desde el año 2002 a la actualidad, las condiciones epidemiológicas
respecto de la Fiebre Aftosa han evolucionado favorablemente.

Que desde el año 2006 no se presentan focos de Fiebre Aftosa en la
República Argentina.

Que todos los muestreos serológicos realizados anualmente demuestran un
excelente grado de cobertura vacunal y que no existe circulación de virus de
Fiebre Aftosa en la República Argentina.

Que las herramientas tecnológicas de apoyo a la gestión sanitaria oficial
han evolucionado favorablemente, teniendo el registro en tiempo real de los
movimientos y las existencias ganaderas, prescindiendo del libro de registro de
existencias y movimientos. Asimismo, dichas herramientas han permitido
automatizar el proceso de verificación de las residencias de los animales tanto
en las diferentes zonas epidemiológicas como en los distintos predios.

Que el sistema de identificación y trazabilidad de bovinos, bubalinos y
ciervos se encuentra totalmente implementado y en plena vigencia, permitiendo
poder realizar el seguimiento de animales en todas las etapas de su crianza
previa a la faena.

Que, actualmente, el Reglamento (UE) 2010/810 establece como exigencia que
la revisación clínica de los animales se debe realizar en el establecimiento
faenador, no siendo necesario una inspección clínica previo al despacho desde
el establecimiento agropecuario.

Que han tomado la debida intervención la Dirección Nacional de Sanidad
Animal, la Dirección Nacional de Inocuidad y Calidad Agroalimentaria y la
Dirección Nacional de Agroquímicos, Produc-tos Veterinarios y Alimentos, todas
del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le
compete, no encontrando reparos de índole legal que formular.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en el Artículo
8°, incisos e) y f) del Decreto N° 1.585 del 19 de diciembre de 1996,
sustituido por su similar N° 825 del 10 de junio de 2010.

Por ello, el
Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Procedimiento de
Despacho de Tropas a Faena para Exportación a la Unión Europea (UE).
Aprobación. Se aprueba el “Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena para
Exportación a la Unión Europea (UE)”.

 

ARTÍCULO 2°
Procedimiento. El Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena para Exportación
a la Unión Europea (UE) es el siguiente:

Inciso a) El
productor pecuario responsable de los animales a enviar a faena UE debe:           

Apartado I) Realizar el
despacho de los mismos conforme las exigencias del mercado europeo, previa
tramitación de la documentación inherente a los animales detalladas en los
apartados siguientes:

Apartado II) Completar la Tarjeta de Registro
Individual de Tropa (TRI) informando los dispositivos de identificación
(caravanas) aplicados a los animales que conforman la tropa a despachar que,
como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

Apartado
III)
Completar
la Declaración Jurada Despacho de Tropas a Faena para Exportación a la UNIÓN
EUROPEA que, como Anexo II, forma parte integrante de la presente resolución.

Apartado IV) Gestionar
el Documento de Tránsito electrónico (DT-e), que tendrá la misma vigencia que
la Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI) adjunta. En el DT-e se debe
registrar en forma obligatoria la numeración de los precintos con los que se
sellará el transporte al momento de finalizar la carga de los animales en el
Establecimiento Proveedor de Ganado para Faena de Exportación a UE.

Apartado V) Archivar
una copia de la documentación de cada despacho realizado con Destino a Faena de
Exportación a la Unión Europea en la carpeta documental del predio, por el
término de TRES (3) años.

Inciso b) La
documentación para el despacho puede ser gestionada en la Oficina Local del
SENASA de jurisdicción del predio o mediante el sistema de autogestión.

Inciso c) Los precintos podrán ser solicitados en la Oficina
Local del SENASA o ser validados por el personal oficial. El único requisito
que deben cumplir los precintos a utilizar es que los mismos sean numerados.

ARTÍCULO 3° — Abrogación. Se abrogan
las Resoluciones Nros. 178 del 12 de julio de 2001, 115 del 18 de enero de 2002
y 36 del 12 de diciembre de 2013, todas del Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria.

 

ARTÍCULO 4°
Derogación. Se deroga:

Inciso a) El inciso a)
del Artículo 5° de la Resolución N° 15 del 5 de febrero de 2003 del Servicio
Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Inciso b) Los Anexos
de la citada Resolución N° 15/03 que se detallan a continuación: “Libro de
Registro de Movimientos y Existencia”, “Registro de Profesionales Veterinarios
Habilitados para el Predespacho a Faena con Destino a la Unión Europea del
Registro de Veterinarios Habilitados”, “Instrucciones Generales para el
Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena con Destino a la Unión Europea”,
“Certificado Sanitario”, “Tarjeta de Registro Individual de Tropa” y
“Procedimiento para el Despacho de Tropas a Faena con Destino a Exportación”.

Inciso c) Los
Artículos 7°, 8° y 9° de la Resolución N° 553 del 18 de agosto de 2009 del
Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria.

Inciso d) Los Anexos de la referida Resolución N° 553/09 que se
detallan a continuación: “1. Movimiento a Faena con Destino a la Unión Europea
– Certificación por el Veterinario de Predespacho”, “Registro de Profesionales
Veterinarios Habilitados para el Predespacho a Faena con Destino a la UNIÓN
EUROPEA del Registro de Veterinarios Habilitados”, “Instrucciones Generales
para el Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena con Destino a la Unión
Europea”, “Certificado Sanitario” y “Tarjeta de Registro Individual de Tropa”.

 

ARTÍCULO 5°
Sustitución. Se sustituye el texto del numeral 1.2.2 del Anexo III de la
mentada Resolución N° 553/09, el cual queda redactado de la siguiente forma:

“1.2.2. Movimiento a faena UE:

1.2.2.1. Cuando se remitan animales con destino a
faena para la UE, el productor agropecuario debe dar cumplimiento en forma
previa con el “Procedimiento de Despacho de Tropas a Faena para Exportación a
la Unión Europea.”.

ARTÍCULO 6° — Tarjeta de Registro Individual de Tropa. Se aprueba
el formulario “Tarjeta de Registro Individual de Tropa (TRI)” que, como Anexo
I, forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 7°
— Declaración Jurada Despacho de Tropas a Faena para
Exportación a la Unión Europea. Se aprueba el formulario “Declaración Jurada
Despacho de Tropas a Faena para Exportación a la Unión Europea” que, como Anexo
II, forma parte integrante de esta resolución.

ARTÍCULO 8° — Vigencia. La presente
resolución entra en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en
el Boletín Oficial.

 

ARTÍCULO 9°
Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y
archívese. — Méd. Vet. JORGE DILLON, Presidente, Servicio Nacional de Sanidad y
Calidad Agroalimentaria.

 

La Faena Vacuna Cayó 11.1% en un Año


En septiembre la faena total volvió a ubicarse por debajo del millón de cabezas y, en consecuencia, la mejora registrada en agosto fue temporaria, tal como indicó hoy la Cámara de Industria y Comercio de Carnes y Derivados de la República Argentina. Se faenaron, en total, 948 mil cabezas de ganado vacuno, lo que significa una caída de 11,1% interanual. 

Puesto en términos absolutos, se faenaron 119.000 cabezas menos que en septiembre de 2015. 

Tal como había ocurrido hasta julio, la faena mensual de septiembre 2016 fue de las más bajas para el mes en la historia reciente (37 años), ocupando el puesto 29º. Asimismo, al contrastar con el promedio histórico de los septiembre (1980-2015), el noveno mes de 2016 se ubicó 9,9% por debajo.

Por su parte, la fase de retención de vientres continuó su curso en septiembre pasado. La participación de las hembras en la faena total se mantuvo en 41,5%. Sin embargo, al igual que en los dos meses previos, la faena de hembras mostró una caída menor a la de los machos (-7,3% vs. -13,7% anual), "hecho este que nos hace presuponer que el peso de faena aumentará fuertemente en el último tercio del año", dijeron desde CICCRA.

La participación de las hembras en la faena total se ubicó en un promedio de 40,7%, es decir 1,1 puntos porcentuales por debajo del promedio observado en enero-septiembre del año pasado.

En septiembre de 2016 la producción de carne vacuna apenas alcanzó a 214 mil tn res con hueso (tn r/c/h), ubicándose 11,3% por debajo del nivel verificado en septiembre de 2015. Y al considerar el acumulado del año, la producción totalizó 1,94 millones de tn r/c/h, lo cual implicó una retracción de 6,3% anual. En términos absolutos, la producción cárnica descendió en 130 mil tn r/c/h con relación a enero-septiembre de 2015. 

Remate de Consig. Edgardo Vittori Postergado por Lluvia

La gente de Consig. Edgardo Vittori anuncia que el Remate del día de mañana 06 de Octubre 2016 es postergado por lluvia para el día 13 de Octubre 2016 a las 10 hs. Gordos y 14 hs. Invernada.