SENASA: Requisito para el Movimiento de Hacienda
Desde el 1 de julio los animales a faena deben ser enviados a establecimientos inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria.
Según informó el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), a partir del 1º de julio los productores agropecuarios podrán enviar hacienda a faena sólo a establecimientos que estén inscriptos en el Registro Único de la Cadena Agroalimentaria (RUCA) del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación,
Es un requisito obligatorio que deberán cumplir los productores para la obtención del Documento de Tránsito electrónico (DT-e) que ampara el traslado de animales.
En caso de que el destinatario no esté inscripto en el RUCA, el productor no podrá obtener el DT-e, según lo dispuesto por la Resolución Senasa 280/14. Por tal motivo, se recomienda a los productores verificar que el destinatario posea la matrícula RUCA, antes de solicitar un DT-e de animales a faena
Cabe aclarar que el Senasa y la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización de la cartera agropecuaria nacional, área responsable del RUCA, se encuentra cruzando información entre sus bases de datos, con el objeto de un seguimiento estricto de los operadores de la cadena agroalimentaria en el rubro “carnes” (matadero frigorífico, matarife abastecedor- carnicero y consignatario directo), para mantener actualizadas las matrículas vigentes.
Ante cualquier duda y para informarse de los pasos a seguir para la inscripción, se pueden efectuar consultas telefónicas al Centro de Atención al Operador de la Dirección Nacional de Matriculación y Fiscalización del MAGyP, (011) 4363-6316/6361/6323, o por correo electrónico a: ruca@magyp.gob.ar. También puede consultar la página de internet www.ruca.magyp.gob.ar
Fuente: Bolsa de Cereales y Productos de Bahía Blanca