IPCVA: Se incrementó la Contribución Obligatoria (Ley 25.507)
Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina:
Incrementan la contribución (Ley 25.507)
Les informamos que el Consejo de Representantes del IPCVA ha dispuesto incrementar el monto de la contribución obligatoria -vigente desde septiembre del año pasado-, que debe abonar tanto la producción como la industria con destino al mismo, de acuerdo con lo siguiente:
Contribuyente
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A partir de
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Contribución en $
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PRODUCTOR Por cada animal vendido con destino a faena
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01/09/2015 | 6,80 |
INDUSTRIA Por cada animal faenado
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3,10 |
Según información proporcionada por el propio Instituto, la contribución establecida coloca al arancel en el 50% del máximo valor permitido por ley para los valores promedio publicados por el ministerio del área para el mes de junio de 2015 y en el mínimo que exige el reglamento interno.
Antecedente
Ley 25.507
Artículo 14. — Créase el Fondo de Promoción de Carne Vacuna Argentina para financiar el Instituto de Promoción de la Carne Vacuna Argentina el cual se integrará con los siguientes recursos:
a) Una contribución obligatoria equivalente a la suma en pesos de hasta veinte céntimos por ciento (0,20%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena, publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal de la especie bovina con destino a faena. La obligación precedente estará a cargo del propietario del animal que se destine a faena;
b) Una contribución obligatoria equivalente a la suma en pesos de hasta nueve céntimos por ciento (0,09%) del valor índice de res vacuna en plaza de faena, publicado en el Boletín Oficial por la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación del Ministerio de Economía, por animal faenado. La obligación precedente estará a cargo del establecimiento frigorífico que realice la operación de faena del animal.
Fuente: Centro de Consignatarios de Hacienda del Sur