SENASA
Plan Nacional de Control y Erradicaciónde Brucelosis Bovina
Por medio de la Resolución N° 67/2019 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicada en el Boletín Oficial del viernes 1° del corriente, fue aprobado finalmente el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina, de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, con excepción de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Dicha norma entrará en vigencia el 2 de abril próximo, por el plazo de cuatro (4) años.
Todos los establecimientos ganaderos bovinos del país en los que se realice algún tipo de actividad reproductiva del ganado bovino, deben efectuar la Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES) respecto a Brucelosis, mediante la realización de un diagnóstico serológico de la totalidad de su rodeo susceptible, de conformidad con las pautas que establece la norma.
Las categorías susceptibles son los bovinos hembras mayores de 18 meses de edad y los machos enteros mayores de 6 meses de edad.
Mientras dure el Plan de Saneamiento, los establecimientos permanecen sin estatus y para mover animales de las categorías susceptibles a otros establecimientos y a remates feria, se les requerirá el Certificado de Seronegatividad para el Movimiento (CSM), de acuerdo con los criterios fijados.
Aquellos establecimientos cuyo diagnóstico resulte negativo en su totalidad serán categorizados con el Estatus de “Establecimiento Libre de Brucelosis Bovina”, condición que debe ser mantenida en forma anual, bastando entonces un muestreo parcial del rodeo.
Se establece un plazo de 2 años a partir de la entrada en vigencia de la norma bajo comentario para efectuar dicha presentación (DOES) ante el SENASA, recomendándose –no obstante-, la determinación del estatus sanitario a la brevedad.
Es obligatoria la vacunación antibrucélica para todas las terneras de 3 a 8 meses de edad, con vacuna Brucella abortus Cepa 19 previamente aprobada por el SENASA.
Por su parte, los responsables de remates feria y/o los consignatarios de hacienda deben facilitar la toma de muestras y registro para el desarrollo de la vigilancia epidemiológica en sus instalaciones, y verificar que los animales bajo su consignación sean correctamente destinados según el cumplimiento de los requisitos para el control de movimientos.
La Cámara mantendrá en los próximos días una reunión con funcionarios del SENASA para conversar sobre esta materia y otras de interés para la actividad.
Resolución 67/2019
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Sancionan Comercialización con destino Faena o Faena Comercial – Vigencia 15 de Abril 2019
/en Haciendas11 de Marzo 2019 – Comienza la Primera Campaña de Vacunación de Aftosa – Brucelosis.-
/en HaciendasSr. Productor nos comunican de Futosa que la Primera Campaña de Vacunación de Aftosa – Brucelosis comienza el Lunes 11 de Marzo de 2019.
Los Precios de Vacunas son:
El Precio de Arrendamiento Febrero 2019 – $ 61.750
/en HaciendasEl Precio de Arrendamiento para el mes de Febrero 2019 es de $ 61.750.-
Nuevo Servicio para nuestros Asociados – 11/02/2019.-
/en ComunidadAtención Asociados!!!!!!! a partir de hoy 11 de Febrero 2019 llegó una nueva Aplicación a tu Celu…….., si tenes cuenta en la Cooperativa, puedes descargar y consultar, tu estado de cuenta corriente, adjuntos, movimientos de fondos, cartas de porte y mucho más….., para habilitarla pasa por sección Administrativa……………..
Descarga tu app AGROBITNESS y aprovecha sus beneficios.
La Lluvia caída en Cabildo – 8 de Febrero 2019.-
/en ComunidadLa lluvia caída en el día de ayer 7 de Febrero fue de 2 mm, registrada en el Corralón de nuestra Cooperativa.-
Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis – Vigencia 2 de Abril 2019.-
/en HaciendasSENASA
Plan Nacional de Control y Erradicaciónde Brucelosis Bovina
Por medio de la Resolución N° 67/2019 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) publicada en el Boletín Oficial del viernes 1° del corriente, fue aprobado finalmente el Plan Nacional de Control y Erradicación de Brucelosis Bovina, de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional, con excepción de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Dicha norma entrará en vigencia el 2 de abril próximo, por el plazo de cuatro (4) años.
Todos los establecimientos ganaderos bovinos del país en los que se realice algún tipo de actividad reproductiva del ganado bovino, deben efectuar la Determinación Obligatoria del Estatus Sanitario (DOES) respecto a Brucelosis, mediante la realización de un diagnóstico serológico de la totalidad de su rodeo susceptible, de conformidad con las pautas que establece la norma.
Las categorías susceptibles son los bovinos hembras mayores de 18 meses de edad y los machos enteros mayores de 6 meses de edad.
Mientras dure el Plan de Saneamiento, los establecimientos permanecen sin estatus y para mover animales de las categorías susceptibles a otros establecimientos y a remates feria, se les requerirá el Certificado de Seronegatividad para el Movimiento (CSM), de acuerdo con los criterios fijados.
Aquellos establecimientos cuyo diagnóstico resulte negativo en su totalidad serán categorizados con el Estatus de “Establecimiento Libre de Brucelosis Bovina”, condición que debe ser mantenida en forma anual, bastando entonces un muestreo parcial del rodeo.
Se establece un plazo de 2 años a partir de la entrada en vigencia de la norma bajo comentario para efectuar dicha presentación (DOES) ante el SENASA, recomendándose –no obstante-, la determinación del estatus sanitario a la brevedad.
Es obligatoria la vacunación antibrucélica para todas las terneras de 3 a 8 meses de edad, con vacuna Brucella abortus Cepa 19 previamente aprobada por el SENASA.
Por su parte, los responsables de remates feria y/o los consignatarios de hacienda deben facilitar la toma de muestras y registro para el desarrollo de la vigilancia epidemiológica en sus instalaciones, y verificar que los animales bajo su consignación sean correctamente destinados según el cumplimiento de los requisitos para el control de movimientos.
La Cámara mantendrá en los próximos días una reunión con funcionarios del SENASA para conversar sobre esta materia y otras de interés para la actividad.
Resolución 67/2019
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
El Precio de Arrendamiento Enero 2019 – $ 52.946
/en HaciendasEl Precio de Arrendamiento para el mes de Enero es de $ 52.946
Comunicado para nuestros Asociados – Clientes
/en ComunidadSr. Asociado – Clientes: por razones ajenas a nuestra Cooperativa los teléfonos fijos están fuera de línea, si necesita comunicarse con nuestras distintas secciones lo puede hacer al tel Celular Nº (291) 6413159
La Lluvia caída en Cabildo – 10 de Enero 2019
/en ComunidadLa lluvia caída hasta las 8 hs del día de hoy 10/01/2019 fue 2.5 mm, registrada en el Corralón de nuestra Coop.-
La lluvia en Cabildo – 05/01/2019
/en ComunidadLa lluvia caída el Sábado 05 de Enero 2019 fue de 2 mm, registrada en el Corralón de nuestra Coop.-