Uso de Semillas de Propia Producción: ¿Qué Normas hay que Cumplir?
Consideración para el Correcto Cumplimiento en el Uso Propio:
- Toda semilla de una variedad protegida dentro del sistema de Regalía Extendida y que haya sido sembrada y producida por el Productor, proveniente de campañas anteriores, deberá ser declarada a ArPOV, Asociación Civil sin fines de lucro, a quien la industria le confió la gestión integral del “Reconocimiento de la Propiedad Intelectual” (Condiciones comerciales que son conocidas por el productor antes de la compra).
- Hay cinco maneras de completar y enviar la declaración: por correo postal, enviando un mail, de manera online, por teléfono y/o por fax (Condiciones comerciales que son conocidas por el productor antes de la compra).
- Las semillas guardadas para Uso Propio deberán permanecer en el mismo establecimiento del propietario de las mismas (Res.35/96 INASE).
- Si las semillas han sido procesadas o sacadas del predio del productor, debe contar con la autorización del obtentor de la variedad (Res.35/96 INASE).
- Los productores no podrán vender, comprar, intercambiar, entregar a cualquier título y/o transferir semillas de su propia producción (Ley 20.247/73 y Dcto 2183/91).
- En cualquier caso, la semilla de propia producción debe provenir de la compra de semilla legal (Ley 20.247/73 y Dcto 2183/91).
Resolución 187/2015 del INASE:
Con la nueva Resolución que entró en vigencia el 22 de Junio de 2015, a partir de la campaña 2015/16 los usuarios de semillas de soja deberán informar las semilla utilizada y reservada para la siembra del cultivo.
El incumplimiento podría dar lugar a sanciones administrativas y/o económicas tal como está previsto en la ley.
Para dicha campaña los usuarios tendrán que indicar:
- superficie sembrada,
- variedad elegida,
- cantidad utilizada,
- y documentación que avale el origen legal de la variedad involucrada.
Estos datos deberán ser completados en forma electrónica a través de formularios web a los que deberá acceder con su usuario y clave fiscal de AFIP.
Las facturas de Regalía Extendida serán consideradas como demostración de origen legal en la declaración. Si no ha realizado su declaración referida al Uso Propio de Soja 2014/15. ¡Todavía está a tiempo!
Para más información puede descargar la resolución 187/2015 completa desde la página del INASE: http://www.inase.gov.ar/