180 días
Sr. Productor:
Recuerde que por disposición del SENASA, vencidos los 180 días de la última vacunación antiaftosa no se permitirá el movimiento de animales destinados a invernada sin la revacunación previa de los mismos.

¿Sabe Ud. cuál es la situación de su Boleto de Marca o Señal?