Nueva Resolución 149/2016 – Declaración Jurada del Origen de la Semilla Sembrada de Trigo
/en CerealesA partir de la campaña 2016/2017, los usuarios de semilla de trigo inscriptos en el “Registro de Usuarios de Semillas” (ex Registro de Usuarios de Semillas de Soja y Trigo), deberán presentar una declaración jurada con información y documentación sobre el origen de la semilla utilizada y reservada de trigo.
Deberán presentar la declaración jurada con información y documentación, siempre que la facturación anual sea superior a tres veces (3) el monto correspondiente a la categoría más alta de monotributista, independientemente de si se encuentran inscriptos o en el régimen de monotributo.
Los productores que se encuentran exentos de declarar son aquellos usuarios de semilla de trigo cuyo monto de facturación anual sea igual o inferior a tres (3) veces el monto correspondiente a la categoría mas alta de monotributista, y quienes estén inscriptos en el Registro Nacional de la Agricultura Familiar (RENAF) del Ministerio de Agroindustria.
El primer vencimiento para la declaración es el 31 de agosto de 2016, cuando los productores tendrán que presentar información referente a:
- ubicación del predio,
- superficie total sembrada,
- kilogramos de semilla utilizada,
- sus variedades
- y la documentación que avale su origen.
La fecha del segundo vencimiento establece que antes del 31 de enero de 2017 se deberá completar una declaración jurada con información referente a:
- la cantidad de semilla reservada para uso propio,
- variedades
- y el lugar donde la misma se encuentra almacenada.
Cumplidos los requisitos, el INASE entregará a los productores el Certificado de Semilla de Trigo de Uso Propio que servirá a los usuarios para rotular los envases de semilla.
Para mayor información, los usuarios podrán comunicarse al Registro de Usuarios de Semillas al 0800-362-4684 (int. 5454/55), vía correo electrónico a rus@inase.gov.ar
Precios de Cereales – Mayo 2016
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Precios de Cereales – Abril 2016
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Nueva reunión en AFIP. Tema Registro Fiscal de Operadores de Granos.
/en CerealesInformación suministrada por el Área Contable de la Asociación de Cooperativas Argentinas:
Estimado Cooperador:
Continuando con nuestra Circular Informativa Nº 60/2016, nos dirigimos a Ud. a efectos de informarles que en el día de ayer (21/03/2016), hemos sido convocados nuevamente por autoridades de la AFIP en materia agropecuaria, con el fin de comunicarnos que en el curso de la semana que viene van a concretar la primera etapa de lo que nos habían anticipado, es decir que van a dar de baja (excluir) del Registro Fiscal de Operadores de Granos aproximadamente a 7.000 productores.
Los motivos que generaron esa baja son los siguientes:
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Falta de habitualidad en el comercio de granos. Recordamos que la condición de habitualidad se pierde si en el curso de 18 meses consecutivos no se efectúan y declaran ventas de granos.
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Falta de presentación de la Declaración Jurada del IVA;
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Falta de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias;
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CUIT con baja definitiva;
Los funcionarios de la AFIP se comprometieron, para aquellos casos de productores que perdieron la condición de habitualidad por no haber efectuado ventas de granos en 18 meses y que tenían declarado stock en existencia, a tramitar rápidamente la re inclusión, que deberá ser solicitada en la agencia correspondiente por los productores que se encuentren en esa situación.
En el mismo sentido también nos informaron que en el corto plazo (no fueron precisos pero puede ser dentro de 1 mes) procederán a suspender del registro una nomina de aproximadamente 10.000 productores más, respecto de los cuales se hayan dado los siguientes incumplimientos (algunos de los cuales se repiten de las causales de la primera etapa, respecto de productores que no fueron excluidos en la misma), a saber:
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Falta de presentación de la Declaración Jurada del IVA;
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Falta de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias;
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Falta de presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta;
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Falta de presentación del Régimen de Información de Participaciones Societarias (de corresponder).
Recomendamos informar a sus productores asociados el contenido de la presente Circular Informativa y recalcar la importancia de estar al día con las presentaciones mencionadas.
Será también importante sugerirles a los mismos que ingresen con alguna periodicidad al sitio web de la AFIP para constatar que no haya incumplimientos que puedan llevarlos a la situación antes planteada (exclusión o suspensión del RFOG).
Si hubiera algún productor que se encuentre alcanzado por las normas de la emergencia agropecuaria y no haya hecho la tramitación pertinente ante la AFIP, deberán hacerlo cuanto antes ya que para estos casos el Organismo Fiscal tiene un tratamiento particular y, según nos lo han dicho, no se procederá a la exclusión/suspensión.
Precios de Cereales – Febrero 2016
/en CerealesEstos fueron los precios de los Cereales en Febrero del 2016:
Invitación A Campo Abierto
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Precios de Cereales – Enero del 2016
/en Cereales